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Logroño al día
  

1 de noviembre de 2004, 11h20

El Ayuntamiento ordena precintar la persiana de un salón de juegos en Club Deportivo por el excesivo ruido del mecanismo

LOGROÑO, 01 (EUROPA PRESS)

El Ayuntamiento de Logroño ha ordenado el precinto de la persiana de un salón de juegos situado en el número 78 de la calle Club Deportivo -'The Big Orange', gestionado por la empresa Videonet Deportivo-, por el excesivo ruido que emitía el motor de este mecanismo. La última Junta de Gobierno aprobó la apertura del procedimiento administrativo para el precintado temporal.  

De acuerdo con el texto de la orden, la prohibición para accionar la persiana por el excesivo ruido transmitido a las viviendas colindantes ya se dictó en una Resolución de Alcaldía del pasado 23 de junio, que fue reitarada en otra Resolución de 5 de agosto.

Entonces se decía que la prohibición de usar el mecanismo se dictaba hasta que no se adoptaran "la medidas correctoras necesarias para que los niveles sonoros transmitidos a la vivienda no superen en ningún momento los máximos establecidos en la Ordenanza municipal" y se le advertía a la empresa propietaria que el incumplimiento de este nuevo requerimiento podría acarrear el precinto de la persiana.

El pasado día 28 de septiembre se realizó un informe técnico por parte de la Sección de Control y Disciplina Medioambiental, en el que se acredita que continúa accionándose la persiana "sin haberse adoptado ninguna medida correctora", con lo que se considera que "se ha incumplido el contenido del requerimiento efectuado en la Resolución de Alcaldía de 5 de agosto".

Recuerda el texto de la orden que "la Ordenanza Municipal de ruido establece en su artículo 18 que el nivel de presión sonora transmitido a una vivienda desde cualquier actividad no puede exceder los 35 decibelios de día ni los 30 decibelios de noche, entre las 22 y las 8 horas".

Por ello, se procede a incoar expediente administrativo para el precintado temporal de la persiana de acceso al video-club y salón de juegos recreativos 'The Big Orange' "en tanto no se adopten las medidas correctoras adecuadas para que los niveles sonoros transmitidos a la vivienda 1º B no superen los máximos establecidos en la Ordenanza municipal".

Se abre, además, un período de alegaciones de quince días contra el acuerdo y se advierte a la propiedad del local, por último, que la Ordenanza de ruidos "establece la posibilidad de acordar la retirada de licencia y por tanto la clausura y cese definitivo de la actividad después de dos cierres temporales en un período de dos años por reiteración de faltas", así como de la posibilidad de una multa.


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