BARCELONA, 12 Mar. (EUROPA PRESS) -
Un jurado dictó veredicto de culpabilidad contra un hombre
juzgado esta semana en la Audiencia de Barcelona por matar de
un disparo al vecino de arriba porque se quejó del ruido que
hacía las persianas de su casa.
Según explicaron fuentes judiciales a Europa Press, los
nueve miembros del jurado declararon culpable de homicidio
intencionado al acusado Samuel T.. Por el contrario, el jurado
no consideró suficientemente acreditado que el procesado
cometiera además, el delito de tenencia ilícita de armas del
que le acusaba el fiscal.
El jurado señaló que, en efecto, el acusado tenía en casa
una escopeta de caza cuya licencia había caducado en abril de
2001, más de un año antes de los hechos. No obstante, tuvieron
en cuenta que el acusado había expedido la licencia de armas y
creía que estaba en posesión "legal" de su escopeta.
Con este veredicto, el jurado ha rechazado la versión de la
defensa que calificó los hecho de "accidentales" o en todo
caso, de homicidio imprudente, al apreciar que el procesado,
con su acción asumió la "alta probabilidad de matar a su
vecino" disparándole con una escopeta de caza en el estómago,
y por lo tanto, actuó de forma intencionada y no meramente
imprudente.
Los hechos sucedieron la tarde del 8 de diciembre de 2002,
en el edificio donde vivían ambos, víctima y acusado, en un
bloque de pisos de la calle Pardo, en Hospitalet de Llobregat.
Según reconoció el propio acusado, el motivo de la mortal
agresión fue una disputa vecinal, ocurrida dos días antes, en
la que la víctima, a gritos recriminó al acusado el ruido que
hacían las persianas de su piso al bajarse.
El procesado aseguró durante el juicio que no conocía a la
víctima, que vivía en el 7º 2ª, justo encima de su piso, y que
no sabía quién era, hasta dos días antes del crimen, cuando
mantuvieron una disputa vecinal.
El acusado relató que "estaba cerrando las persianas y se
entiende que a este hombre le molestó, por el ruido y me dijo
gritando desde su piso, 'hijo de puta, a ver si te callas, sí
tú, el del 6º 2ª' y yo le respondí diciendo 'a ver si te
callas tú, gilipollas'".
Este desencuentro verbal por el ruido de las persianas fue
a más hasta el día de los hechos. "Ese día –explicó el
acusado— yo estaba viendo la tele y noté cómo alguien
manipulaba la cerradura, observé por la mirilla y vi que era
el vecino de arriba, al ver que era él le dije que qué estaba
haciendo allí y él contestó dando una patada en mi puerta".
Acto seguido, el acusado cogió su escopeta de caza y la
montó según su versión "con la única intención de intimidarle
para que se fuera". "Él se abalanzó sobre mí y entró en mi
casa por eso yo le apunté con el arma porque estaba ‘cagado de
miedo’ y de repente oí un disparo".
El proyectil impactó en el abdomen de la víctima y salió
por la espalda. En su trayectoria la bala afectó a tejidos y
órganos; unas lesiones que le ocasionaron la muerte por "shock
hemorrágico".
El presunto homicida aseguró a los miembros del jurado que
el disparo fue "accidental" porque no sabía que el arma estaba
"cargada" ya que hacía varios meses que no la tocaba. Pese a
no acoger la versión de la defensa, el jurado considera
probado que concurre como atenuante "poco cualificada", la
legítima defensa, que supondrá una ligera rebaja de la condena
que el magistrado presidente, Pedro Martín dictará en los
próximos días. El ministerio fiscal solicitó una pena de 15
años de cárcel para el acusado por un delito de homicidio.