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AGUSTÍ ENSESA / ARCHIVO
Durante nueve años los camiones operaban día y noche en esta central distribuidora de Palamós
 
2 min
 
 

Nueve años sin pegar ojo
PALAMÓS DEBE INDEMNIZAR A UNA FAMILIA VÍCTIMA DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA

FRANCESC SOLÀ - 13/02/2004
PALAMÓS Ha soportado un calvario durante más de nueve años, pero tendrá su recompensa. El Ayuntamiento de Palamós deberá indemnizar con 40.680 euros a Ana Pérez Funes, la vecina que durante más de 3.000 noches ha perdido horas de sueño y salud por culpa de los ruidos de una central de distribución alimentaria. Según la sentencia dictada por el juzgado contencioso administrativo número 1 de Girona, durante este tiempo el Ayuntamiento no hizo absolutamente nada para evitar la contaminación acústica y los ruidos insoportables provocados por los camiones de gran tonelaje que maniobraban para cargar, descargar y esperar su turno con el motor en marcha. “El Consistorio se limitó a recibir las denuncias de los afectados y durante nueve años ha estado vulnerando de forma brutal sus derechos fundamentales”, explicó ayer la magistrada ponente de la sentencia, Pilar Rovira.

El origen de las molestias se remonta hasta 1991, cuando la empresa Pal Beach Gestió SA se instaló en el polígono de Sant Joan, justo enfrente de la casa de Ana Pérez. Desde el primer día, la distribuidora de la cadena de supermercados Super Stop efectuó actividades de tráfico de mercancías en horario nocturno, pese a que la normativa municipal lo prohibía expresamente. La vecina presentó varias quejas al Ayuntamiento, pero no obtuvo resultado. Los camiones seguían sobrepasando los decibelios permitidos durante el día y destrozando el sueño de Ana y su familia durante la noche.

“Impedir o limitar seriamente durante largos periodos de tiempo la conciliación del sueño quebranta gravemente la salud de las personas y atenta contra varios artículos de la Constitución”, señala la sentencia. Por este motivo, condena al Ayuntamiento a pagar 12 euros por cada día de molestias ocasionadas, que comenzaron el día 5 de diciembre del año 1992 y acabaron el 20 de marzo del 2002, cuando se dictó la resolución judicial que ordenaba la paralización inmediata de las operaciones nocturnas de carga y descarga en el centro de distribución.

Pero hasta ayer no quedó fijada la cantidad que el Ayuntamiento deberá pagar por los daños y perjuicios morales.

Finalmente, la magistrada ha considerado que los daños físicos provocados por la dilatada exposición al ruido no han podido acreditarse y ha condenado al Ayuntamiento de Palamós a indemnizar a la vecina con 40.680 euros por los daños morales ocasionados.



 
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