Condenado ruido

 

El Correo Digital  
Jueves, 18 de noviembre de 2004
PORTADA ÚLTIMA
HORA
ECONOMÍA DEPORTES OCIO CLASIFICADOS SERVICIOS CENTRO COMERCIAL
PORTALES


EDICIÓN IMPRESA
Suscríbete a Diario El Correo.
¡Consigue
grandes ventajas!

OPINION

ARTÍCULOS
OPINIÓN/Condenado
ruido
La que la sigue la consigue. Una
vecina de Valencia ha recorrido todas las estaciones de su
particular calvario jurídico (Ayuntamiento de Valencia, Tribunal
Superior de Justicia de la comunidad autónoma y Tribunal
Constitucional) hasta conseguir que el Tribunal de los Derechos
Humanos de Estrasburgo haya establecido que el ruido nocturno
perjudica la vida privada y la inviolabilidad del domicilio en una
sentencia modélica, que condena a la Administración española por
pasividad. La denunciante empezó a sufrir los ruidos nocturnos de
las discotecas abiertas en su calle hace ya treinta años y fue hace
diez cuando empezó a batallar contra la Administración, siendo
ignorada por el Ayuntamiento de su ciudad y desestimadas sus
demandas por el Tribunal Superior valenciano y por el
Constitucional.

Ambrose Bierce define el ruido en su
‘Diccionario del diablo’ como «una hediondez en el oído. Música sin
domesticar. Producto principal y símbolo de la civilización». En
esto último le hace dura competencia la basura. En la calle y en la
tele. Woody Allen supo verlo hace más de 25 años. Annie Hall pasea
con Alvy Singer por Beverly Hills y dice: «¿Hay que ver qué limpio
está todo aquí!», a lo que su acompañante replica: «Es que no tiran
la basura. La reciclan en programas de televisión».

El ruido
es uno de esos atentados cívicos que no provocan mucha indignación
en el paisanaje. Nadie protesta contra el energúmeno que toca el
claxon sin parar para tratar tontamente de salir del atasco. Algunos
bares parecen empeñados en colaborar a la aparición de generaciones
de sordos o tal vez es que se hallan en campaña para impulsar la
comunicación no verbal entre los jóvenes.

El Tribunal de
Estrasburgo ha condenado a la Administración española a indemnizar a
Pilar Moreno con 8.000 euros de indemnización, 3.884 de los cuales
son en concepto de daños materiales y morales y los 4.500 restantes,
a gastos jurídicos. Treinta años. 3.884 euros, algo más de 600.000
pesetas. Esto es lo que con rigor puede llamarse y se llama
«resarcimiento moral». Menos da una
piedra.

 

Vocento

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio
Ir al contenido